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Cosculluela Martínez B. Competencia de la Autoridad Nacional de Control en materia de protección de datos para conocer de las reclamaciones previstas en el Reglamento General de Protección de Datos presentadas a consecuencia de la actividad propia de una com. de investigación: Comentario a la Sentencia C‑33/22 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 16 de enero de 2024. RCG [Internet]. 30 de diciembre de 2024 [citado 28 de mayo de 2026];(118):573-87. Disponible en: https://revista.cortesgenerales.es/rcg/article/view/1850