[1]
«Razonada inadmisión de una pregunta parlamentaria oral que no versaba sobre la acción de gobierno sino sobre la financiación del partido político al que pertenecía su Presidente.: Comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 68/2020, de 29 de junio. Recurso de amparo núm. 4869-2018. (BOE núm. 207, de 31 de julio de 2020)», RCG, n.º 109, pp. 555–568, dic. 2020, doi: 10.33426/rcg/2020/109/1538.