Madrid no es país para «cuneros» Comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 76/2021, de 15 de abril. Recurso de amparo núm. 2117-2021. (BOE núm. 119, de 19 de mayo de 2021).

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María Garrote de Marcos

Resumen

La presente sentencia resuelve un recurso de amparo electoral que aborda los requisitos exigibles a los candidatos para las elecciones autonómicas de la Comunidad de Madrid. La controversia se centra en la existencia o no del requisito de inscripción de los candidatos en el censo electoral vigente, además de la necesaria vecindad administrativa. El juego de las diferentes disposiciones normativas y las interpretaciones diversas, efectuadas por al Administración electoral y el órgano judicial de instancia, evidencian hasta qué punto el derecho de sufragio pasivo, como derecho de configuración legal, requiere una continua interpretación y puesta al día. La decisión del Tribunal Constitucional, muy discutida, refleja una lectura formalista que deja poco margen a los operadores electorales.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Recurso de amparo electoral, derecho de sufragio, candidaturas, censo electoral, elegibilidad, elecciones autonómicas
Cómo citar
Garrote de MarcosM. (2021). Madrid no es país para «cuneros»: Comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 76/2021, de 15 de abril. Recurso de amparo núm. 2117-2021. (BOE núm. 119, de 19 de mayo de 2021). Revista De Las Cortes Generales, (110), 483-497. https://doi.org/10.33426/rcg/2021/110/1587

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Sección
Informes y Jurisprudencia parlamentaria comentada