Los requisitos para acceder a la condición de diputado del Parlamento Europeo: el caso de Carles Puigdemont y Antonio Comín Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Cuarta) de 26 de septiembre de 2024
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Resumen
En este pronunciamiento el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sienta un criterio definitivo sobre el reparto de competencias entre los Estados miembros y la Unión en materia electoral. En concreto, sobre el reconocimiento de la condición de diputados del Parlamento Europeo. Afirma, consolidando una doctrina reiterada en anteriores sentencias, que esta institución no puede cuestionar la lista de candidatos electos que (coincidente o no con la proclamación inicial) es remitida por las autoridades nacionales. Así las cosas, mientras no se modifique el Acta Electoral o la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, el requisito del acatamiento a la Constitución seguirá siendo necesario en España por imperativo del artículo 224.2 de esta última.
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