Criterio para establecer el plazo de recurrir el silencio administrativo negativo
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Resumen
En nuestro ordenamiento vigente hay normas y principios contradictorios relativos a la existencia de un plazo preclusivo para la interposición del recurso contencioso en el supuesto de desestimación por silencio administrativo de las solicitudes o recursos presentados por los interesados. Una amplia corriente jurisprudencial del TC ampara, al menos, la ampliación de los plazos legales establecidos en la LJ aunque no los ha declarado, expresamente, inconstitucionales, mientras que el TS carece de una posición unitaria en la materia. El trabajo pretende la individualización de un criterio para armonizar la obligación de la Administración de resolver de forma expresa y, el correlativo derecho del ciudadano a esperar una resolución, con la existencia de plazos preclusivos para interponer el recurso contencioso.
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