Razonada inadmisión de una pregunta parlamentaria oral que no versaba sobre la acción de gobierno sino sobre la financiación del partido político al que pertenecía su Presidente. Comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 68/2020, de 29 de junio. Recurso de amparo núm. 4869-2018. (BOE núm. 207, de 31 de julio de 2020)
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Resumen
La Sala Primera del Tribunal Constitucional acuerda desestimar un recurso de amparo presentado por el portavoz de un grupo parlamentario de la Asamblea Regional de Murcia, al entender que no se vulnera el derecho al ejercicio de las funciones representativas del recurrente, al ser razonada la inadmisión por parte de la Mesa de dicho parlamento de una pregunta parlamentaria con respuesta oral en pleno dirigida al presidente del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia que no versaba sobre la acción de su gobierno sino sobre la financiación del partido político al que pertenecía su presidente.
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