Constitución y educación diferenciada por sexo: de dónde venimos y dónde nos encontramos
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Resumen
Las tensiones inherentes a los derechos educativos han ocupado un lugar prominente en el escenario discursivo desde la ratificación de nuestra carta magna. Unas tensiones que dieron pie a agitados y ricos debates, cuya persistencia y dinamismo en los discursos contemporáneos continúan asombrando. Uno de los asuntos que sigue agitando los cimientos del artículo 27 de nuestra Constitución es la cuestión de la educación diferenciada por sexo. Un modelo pedagógico que, si bien parece encontrar cobijo en la libertad de enseñanza, suscita sospechas en cuanto a su posible enfrentamiento para con otros mandatos constitucionales entre los que se encuentra el propio derecho a la educación. Un modelo educativo que apenas despertó interés en los primeros años de experiencia democrática, pero en el que a partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los poderes políticos parecen haber encontrado un nuevo objeto arrojadizo para avivar el ya de por sí cargado enfrentamiento en materia educativa. Un debate que, a la luz de los últimos acontecimientos, promete no enfriarse.
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