Sobre algunas consecuencias constitucionales de las reuniones de parlamentarios sin convocatoria reglamentaria : ex artículo 67.3 de la Constitución Española

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Luis Jimena Quesada

Resumen

SUMARIO: I. Planteamiento del estudio: la proyección de un precepto constitucional aparentemente obsoleto e inocuo en la realidad política española. II. Las reuniones informales de parlamentarios o el ejercicio de una libertad pública molesta para los propios poderes públicos. III. Las reuniones de parlamentarios no reglamentarias: una cualificada especie del derecho de reunión. IV. Las reuniones informales de parlamentarios como ejemplo paradigmático del parlamento grupal y ejercicio cualificado de las libertades públicas de agrupación y de pensamiento. V. El estatus de los parlamentarios informalmente reunidos: la perspectiva de la función de control político y el régimen de publicidad parlamentaria. VI. A modo de recapitulación, críticas y propuestas frente a la supuesta obsolescencia e inocuidad de la disposición constitucional estudiada.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Libertad de reunión
Cómo citar
Jimena QuesadaL. (2000). Sobre algunas consecuencias constitucionales de las reuniones de parlamentarios sin convocatoria reglamentaria : ex artículo 67.3 de la Constitución Española. Revista De Las Cortes Generales, (49), 131-169. https://doi.org/10.33426/rcg/2000/49/539

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Sección
Estudios
Biografía del autor/a

Luis Jimena Quesada, Universidad de Valencia

Profesor Titular de Derecho Constitucional. Universidad de Valencia