Reflexiones sobre la oscilante centralidad del Congreso de los Diputados bajo la Constitución de 1978

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Luis María Cazorla Prieto

Resumen

La Constitución Española de 1978 consagra la centralidad política de las Cortes Generales como institución esencial del Estado social y democrático que establece. A lo largo de los cuarenta años de su vigencia se han sucedido hechos y situaciones que han determinado la oscilación de dicha centralidad, en unos casos en sentido positivo y en otros en negativo. El presente artículo analiza tales oscilaciones de un signo u otro.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Constitución, Parlamento, Estado social y democrático, Centralidad
Cómo citar
Cazorla Prieto, L. M. (2018). Reflexiones sobre la oscilante centralidad del Congreso de los Diputados bajo la Constitución de 1978. Revista De Las Cortes Generales, (104), 19-41. https://doi.org/10.33426/rcg/2018/104/47

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Sección
Artículos
Biografía del autor/a

Luis María Cazorla Prieto, Cortes Generales

Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Rey Juan Carlos.
Letrado de las Cortes Generales.