La aplicación del artículo 155 de la Constitución. Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 277/2019, de 4 de marzo. Recurso contencioso-administrativo núm. 659/2017
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Resumen
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo resuelve el recurso ordinario núm. 659/2017 interpuesto por varias personas afectadas por la disolución del Parlamento de Cataluña, acordada por el Real Decreto 946/2017, de 27 de octubre. Este hace efectivas las medidas contempladas en el Acuerdo del Pleno del Senado, de 27 de octubre de 2017, a partir del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2017, como consecuencia de la aplicación del artículo 155 de la Constitución. Dicha aplicación suscita varias dudas interpretativas que son resueltas por el Tribunal Supremo en esta sentencia, y más detalladamente por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 89/2019, de 2 de julio, al resolver el recurso de inconstitucionalidad 5884-2017 interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea del Congreso de los Diputados contra el citado acuerdo del Pleno del Senado. Se considera que esta aplicación del artículo 155 ha sido procedente, y por ello esta sentencia, así como la Sentencia del Tribunal Supremo aquí comentada, son desestimatorias.
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