La paralización del procedimiento legislativo como vulneración del ius in officium: límites constitucionales a las prórrogas sucesivas de plazos de enmiendas Comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 32/2026, de 14 de abril. Recurso de amparo 878-2023. (BOE núm. 118, de 15 de mayo de 2026)
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Resumen
Por medio de la STC 32/2026, de 14 de abril, el Tribunal Constitucional sienta un importante precedente, en virtud del cual la ampliación sucesiva del plazo de enmiendas, por la Mesa del Congreso de los Diputados, durante la tramitación de un proyecto de ley, en este caso, procedente de un decreto-ley convalidado (Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la administración pública y para la ejecución del plan de recuperación, trasformación y resiliencia), condujo en la práctica a la paralización del procedimiento legislativo, caducando el proyecto de ley como consecuencia de la disolución de las Cámaras en 2023. En consecuencia, el Tribunal considera que la ampliación sucesiva del plazo de enmiendas (en este caso, más de setenta veces) por la Mesa del Congreso de los Diputados, careciendo de motivación suficiente, vulneró el derecho de los recurrentes en amparo a ejercer las funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes, declarando la nulidad de los acuerdos de la Mesa impugnados. El Fallo de la Sentencia tiene un importante alcance en cuanto se refiere a las facultades y poderes de las Mesas de las Cámara como órganos rectores de las mismas.
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